Las tarjetas del metro con banda magnética de Barcelona: El fin de una era.

Con el fin de las tarjetas magnéticas en el transporte de Barcelona en marzo 2024, ha emergido la historia de un grupo de entusiastas de las bandas magnéticas que llevaban años investigando y descubriendo los secretos de las bandas magnéticas de manera completamente educacional, mientras luchaban contra las mafias que querían aprovechar sus conocimientos para lucrarse ilegalmente.

El movimiento para entender y toquetear las tarjetas magnéticas OpTMestre en Barcelona, comenzó en 2012 en el foro optmestre como una expresión de la curiosidad tecnológica y al mismo tiempo de rebeldía por los altos precios del transporte urbano en Barcelona.

Uno de sus objetivos era encontrar la tarjeta T-Mestre (T-Maestra en catalán, una analogía a «llave maestra»). La T-Mestre es una «tarjeta mágica» capaz de abrir cualquier puerta de los transportes públicos de Barcelona sin problemas. Los entusiastas buscaban desentrañar los secretos almacenados en las bandas magnéticas de las tarjetas de transporte, una exploración siempre enmarcada dentro del aprendizaje y la experimentación didáctica (que quede bien claro).

Con el tiempo, esta exploración técnica evolucionó desde los primeros intentos rudimentarios hasta el desarrollo de herramientas sofisticadas.

Danonymous fue pionero en este campo el 26 de febrero 2012, cuando hizo público que había logrado descifrar el código CRC de las tarjetas (el CRC es un número para validar si la tarjeta es válida o no). Su trabajo sentó las bases para futuras exploraciones, compartiendo sus hallazgos con la comunidad y fomentando un espíritu de colaboración. Su programa, escrito en Python para ejecutarse en Linux, se convirtió en un recurso invaluable para aquellos interesados en profundizar en el funcionamiento de las tarjetas magnéticas.

Inspirado por Danonymous, tres meses después, el 15 de mayo 2012 Evanonymous tuvo una crisis emocional y económica en su vida, en la cola del paro, con un bebé reciente y sintiéndose estafada por un anuncio del TMB que decía que ofrecían billetes muy baratos a personas en el paro (tal como ella explicó, el anuncio era engañoso, habían requerimientos imposibles de cumplir), llevó el proyecto un paso más allá en 2012.

Tradujo el programa original a lenguaje JavaScript para que se pudiese ejecutar en cualquier Windows, Linux o Mac. Este cambio permitió que el programa se ejecutara en una variedad de sistemas operativos y navegadores, abriendo el camino para que una audiencia más amplia explorara y aprendiera sobre las tarjetas de transporte.

Cuando en 2013 cambiaron el código CRC el programa dejó de funcionar, pero Evanonymous descubrió la nueva fórmula y de paso añadió mejoras y nuevas características a su programa, siempre enfatizando el propósito educativo de la herramienta y desalentando por todos los medios su uso indebido. De hecho debido a su rechazo total a las malas prácticas entre algunos miembros del foro que se lucraban ilegalmente con su programa, abandonó completamente su actividad en 2013.

Waste representa la tercera figura clave en esta historia, apareció el 15 de septiembre de 2012 pero no fue hasta 2022 que fue reconocido por introducir innovaciones como una nueva tarjeta T-Mestre que no se contemplaba en versiones anteriores, demostrando la evolución continua de la herramienta. Aunque Waste compartió poca información sobre sí mismo, su contribución amplió el número de tarjetas y mantuvo la llama del proyecto encendida.

En total desde 2013 a 2024, han existido 3 tipos diferentes de T-Mestre, tarjetas «mágicas» capaces de pasar cualquier máquina (pero no a los controles humanos), dos de ellas siguen funcionando en la actualidad, aunque son escasas y nadie se preocupa de ellas porque dentro de unos días, al implementarse las nuevas tarjetas sin contacto, las tarjetas de transportes con bandas magnéticas dejarán de funcionar.

En marzo del 2024, Evanonymous ha sacado su código final, para poner la guinda en el pastel. Su nuevo programa reconoce 59 de las 84 tarjetas de transportes de Barcelona que se han identificado hasta ahora, aunque ya no es capaz de generarlas debido a un cambio en la fórmula matemática que calcula si la tarjeta es válida o no, el llamado código CRC que hemos explicado antes. En el foro optmestre se dice que si se validan por primera vez en RENFE las tarjetas generadas son válidas (con excepción de dos estaciones), pero no tenemos suficientes datos para corroborar o desmentir esta información.

La interacción indirecta entre Danonymous, Evanonymous y Waste refleja una colaboración que, aunque en gran medida virtual, ha enriquecido enormemente el proyecto. Cada uno, con sus habilidades y enfoques únicos, ha contribuido al cuerpo de conocimiento sobre las tarjetas de transporte, desde los primeros días de exploración hasta convertirse en un recurso compartido y valorado por muchos.

Con la transición de Barcelona hacia un sistema de billetes completamente «sin contacto» prevista para el 31 de marzo de 2024, la publicación de la última versión del código (2024) de Evanonymous marca el fin de una era. Este momento no solo destaca el legado duradero de estas tres figuras sino también el papel que la curiosidad, el ingenio y la colaboración han jugado en desentrañar los misterios de la tecnología cotidiana.

Actualmente el metro de Barcelona tiene unas tarjetas NFC que son imposibles de hackear y según dicen, nadie ha conseguido clonarlas o modificarlas porque utilizan una encriptación casi imposible de romper. ¿Casi?

Cómo divorciarse de una dominicana (o extranjera)

Es un hecho que, desde que se ha consolidado el mundo de las tecnologías, la sociedad ha cambiado. Las aplicaciones permiten mantener relaciones virtuales con personas en cualquier lugar del mundo. Esto ha hecho que se produzca un cambio en las relaciones personales, aumentado el número de bodas entre personas españolas, y extranjeras. Y cómo no, el aumento de los divorcios entres éstos.

Lo que no han solucionado todavía las nuevas tecnologías, es la manera de hacer más fáciles los divorcios. Ni la entrada del divorcio exprés en España, ni los nuevos mundos virtuales, ponen solución de momento a la ruptura de las parejas. Es un hecho constatado, que cada vez hay más relaciones, más fracasos y más rupturas de relaciones.

Pero vayamos al grano… y a la historia que te quiero contar. Es una historia real – más o menos. Pero podría haber pasado a cualquiera – te podría pasar a ti.

Supón que…

El primer contacto

Conoces a tu pareja en una aplicación de citas. Vive en la otra parte del mundo, pero la tecnología te permite establecer un contacto con ella. Surge el chispazo. Surge la complicidad. Largas horas de videoconferencias, mensajes, llamadas con alguien que está muy lejos de tu hogar. La distancia no es un obstáculo para que surja el amor (o algo que crees que lo es).

De repente surge el amor: tienes a tu chica en el otro lado del océano, pero esto no impide que quieras mantener una relación más formal. El idioma no es un problema, puesto que en la mayor parte de los casos, los españoles buscan relaciones con mujeres de habla hispana. Os lo explicáis todo, surgen complicidades, incluso tenéis cibersexo, y llega el momento de conoceros.

Encuentro en el paraíso

Habitualmente es el hombre el que se desplaza al país de su chica, bien porque los trámites son más fáciles, bien porque la economía de él es mucho más holgada que la de ella. Así que vas. Se produce el encuentro. Ella, cariñosa, pasional, te dice todo aquello que jamás habías oído. Normalmente es más guapa, más joven, llena de vitalidad, que cualquier mujer con la que has estado antes, y te lo hace saber en la cama. Una vez consumado el acto, quedas enganchado como a una droga. Conoces el paraíso, no lo quieres dejar escapar.

A partir de aquí, ya os habéis planteado la necesidad de una boda, de que ella se venga para aquí, (sí, ningún problema, con hijos también). Y empiezan los primeros obstáculos, que irás solucionado por la pasión ciega que te mueve estar con esa mujer tan maravillosa, que te regala los oídos, te mima, te cuida, y que está dispuesta a satisfacer tus necesidades sexuales de formas que no habías conocido hasta entonces.

El mundo se pone en contra de mí

Los primeros problemas surgen con amigos y familiares: quién no ha oído aquello de “¿qué estás haciendo, no ves que sólo quiere quitarte el dinero?”, “¿no ves que sólo quiere conseguir la nacionalidad para tener una vida mejor?” ,“¿no ves que no puede funcionar por la diferencia de edad (o de status económico, social, cultural…)?”

Pero tú sigues ciego, sordo y mudo a lo que te dicen. Sabes que es ella, tu media naranja, la mujer que te hará feliz y te cuidará el resto de tus días. Ya tienes una edad, una vida acomodada social y laboralmente, y sólo te queda llenar este pequeño (gran) hueco que tienes en el corazón. Así que sigues adelante.

El infierno burocrático

Surgen los siguientes problemas: el periplo para conseguir que venga a España, es lo más parecido a un juego de rol, en el que tendrás que ir descubriendo los misterios de los trámites burocráticos, administrativos y legales en los que quedas abducido. Meses y meses de trámites – siempre falta un papel, o sobra otro. Visitas a oficinas de la administración, abogados, notarios, más burocracia… Pero esto ya ha quedado muy bien explicado en otros posts de esta web sobre como casarse con una extranjera en España.

Has ganado, el premio es tuyo

Por fin llega el momento. Has conseguido resolver todos los enigmas, has pasado todas las pruebas, y has llegado a la meta. El premio es tuyo: te puedes casar y traerla aquí.

Empiezas una nueva vida, incluso en un nuevo hogar porque ella te ha aconsejado que estaréis mejor en otro barrio, o en otra casa más grande. Se la presentas a familiares y amigos. Todos te miran con cara de… “¡no sabes lo que estás haciendo!”, pero tú eres muy feliz. Jamás lo habías sido tanto. Días de compras para complacerla, noches de cenas y pasión, y cuando llegas a casa después de trabajar… Ahí la tienes para complacerte y cuidarte. La felicidad está instaurada en todo tu ser.

La felicidad es completa

Pero aquí no acaba tu felicidad: te da la noticia de que está embarazada. Quizás tú no querías ( ¿se le olvidó una pastillas? ) quizás ni lo habíais hablado, o quizás sí era lo buscado y deseado por ambos. La culminación de tu felicidad ya es total.

Nace tu bebé, te conviertes en el padre más amoroso del mundo. Lo cuidas y la cuidas a ella, que pobrecita lo está pasando tan mal. Y empiezan las dificultades “de casados “. Noches sin dormir, nervios a flor de piel, un montón de gastos para tenerla complacida, porque al fin y al cabo, ella, ese ser tan maravilloso, te ha escogido a ti, y tú te sientes afortunado. Así que callas, aguantas y piensas que es una etapa y todo pasará.

Aparecen los primeros problemas

El bebé va creciendo, ella está muy cansada, y empezáis a no coincidir en horarios: tú te levantas pronto, y ella tarde. Tú te acuestas pronto, y ella tarde. Pero crees que todo se pondrá en orden.

Las relaciones sexuales han disminuido en frecuencia y calidad, pero sigues pensando que es una etapa. Ya no te acordabas de lo que era criar a un niño, o jamás lo habías hecho. Ella está más irascible, todo lo ve mal, pero sabes que la mujer adorable que conociste, sigue ahí. No saltan alarmas (¿por qué no las quieres ver?).

El niño crece. Empieza el colegio. Sabes que a ella la liberarás, y podrá tener una vida social y laboral más tranquila. Pero extrañamente, ella no acaba de adaptarse a tus amigos, ni a tus familiares, ni a los padres y madres del colegio. Pero sí que se ve con un grupo de gente de su mismo país o culturalmente parecidos, y empieza a salir de fiesta y a llegar a altas horas de la madrugada, en muchos casos con alguna copa de más. La justificas, adaptarse a un cambio de país, de cultura, de amigos, de personas…al fin y al cabo ella está sola aquí y sólo te tiene a ti.

Y las complicaciones no hacen más que crecer… No quiere trabajar o no ve por qué tiene que hacerlo. Se queda en casa y no hace nada, o hace lo justo e imprescindible. El choque sociocultural empieza a hacerse más patente. Las relaciones sexuales son efímeras, y el bolsillo empieza a notar un descenso por todos los gastos que se han ido produciendo durante todo ese tiempo, más ahora con el nacimiento de tu hijo.

La vida se ha convertido en un infierno

Las discusiones van en aumento por cualquier cosa. Cualquier excusa es válida. Las relaciones sexuales son nulas, ya no hay razones para tenerlas. La convivencia se convierte en una tortura, y el castillo de naipes cae de forma estrepitosa. Ya no conoces a la persona con la que te casaste. Se convierte en un ser completamente diferente del que te enamoraste. Y empiezas a plantearte la separación.

Hablas con ella, y se lo comunicas. Así no podéis estar, y si no van a haber cambios, mejor separaros. Su cara se convierte en un mapa, y después de los gritos y acusaciones hacia tu persona, al fin y al cabo no te has dado cuenta pero tú eres el culpable de todo, hay unos momentos de tensa calma… para convertirse en un periodo de nueva y falsa felicidad. Parece que todo va volviendo a su cauce.

Pero no es así… ella ha ido haciendo los movimientos oportunos, para cuando llegue la ruptura definitiva, mientras tú sigues en ese estado de espera, a ver cómo van las cosas.

La decisión

Las cosas cambian. Van a peor. La guerra continua se instaura en tu hogar. Ha llegado el momento: debes ponerle fin a tu historia.

Llegados a este punto, pueden desarrollarse básicamente dos escenarios diferentes: que lleguéis a un divorcio de mutuo acuerdo o a un contencioso. Y en cualquier de los dos casos te vuelves a meter en la rueda de la burocracia y el sistema judicial.

Caso A: el infierno del mutuo acuerdo

Si intentais llegar a un mutuo acuerdo, no será fácil. El divorcio exprés en España, no es ni tan rápido ni tan sencillo como parece. Por más que pruebas con mediaciones y con un mismo abogado, no funciona. Así que cada uno va con su propio abogado, y empieza una lucha de titanes por todo lo que has construido: negociación por la custodia de vuestro hijo, del piso (aquel que pusiste a nombre de los dos), por pensiones…

En el mejor de los casos acabas pactando una custodia compartida o una compartida progresiva, o incluso una exclusiva amplia. El piso para ella. Una buena pensión para tu hijo (no le vas a dar menos de lo que le estabas dando). Y, por supuesto una pensión compensatoria para ella. Una gran pensión para ella. Es el precio de la libertad y de la tranquilidad.

Caso B: el infierno del divorcio contencioso

Pero como no hayas tenido la “suerte” de llegar a un mutuo acuerdo, lo que te espera puede ser peor que todos los periplos que tuviste que pasar para poderte casar. Veamos qué puede suceder.

Te sientes estafado. El paraíso que compraste era una farsa. Y decides luchar por lo que es tuyo, por dignidad, por amor propio y por justicia.

¡Eres un maltratador!

Un día te encuentras con una denuncia por malos tratos, hacia ella o hacia a tu hijo. De esposo y padre perfecto, te conviertes en un presunto maltratador. La noticia corre por tu círculo de amigos, familiares y conocidos. Al fin y al cabo, todo aquello que le dijiste en aquella discusión (que ella grabó), no deja de atentar contra su persona. Y entonces te encontrarás declarando ante comisaría como un presunto delincuente cualquiera.

El infierno con la justicia

La declaración en comisaría se convertirá en declaración ante el Juzgado. Todo va muy rápido. Inexplicablemente, la Justicia ahora actúa con celeridad, y no te escucha cuando les explicas que el que ha estado sufriendo un trato degradante por parte de ella, eres tú. Puedes salir con unas medidas cautelares, como una orden de alejamiento.

En el mejor de los casos, el procedimiento seguirá su cauce, no habrá ninguna medida cautelar. Pero el problema en casa seguirá existiendo. En muchos casos, se ponen en marcha otro organismos: asistentes sociales, atención a la infancia, atención a la víctima de violencia de género… Y cada uno funciona a su manera y bajo sus directrices. Empieza el caos más difícil que vivirás en tu vida. Reuniones con distintas administraciones, con tu abogado, servicios sociales…

Has entrado en la rueda, y ésta gira y gira… Declaraciones y más declaraciones… Vistas en el Juzgado (tú que no habías pisado jamás uno, te conviertes en un asiduo).

¿Cómo podría ser peor?

Probablemente, te quedas sin ver a tu hijo, sin una orden judicial ni administrativa que lo avale. Simplemente porque ella ha decidió que no puedes verlo, y tú no puedes hacer nada (pueden ser muchos meses, incluso medio año o más). La desesperación es grande. Ya no rindes en el trabajo. Acabas yendo a psicólogos, y más psicólogos, coaches, terapeutas… Acabas creyendo que realmente puedes ser un maltratador. Te han destrozado la vida. Te has destrozado la vida, por… ¿amor?

Llegan las medidas provisionales al cabo de tiempo, que aunque se suponen rápidas, han tardado más de cuatro meses en dictar. Por fin alguien dice algo. Pero lo que te dice, no te gusta. De momento, la custodia exclusiva para ella, porque tú tienes un procedimiento penal abierto ( el de malos tratos y el civil de divorcio ) y no te lo pueden dar. Logras ver a tu hijo, pero ya no tienes una casa ni un hogar. Has tenido que mudarte con tu padres, porque entre abogados, psicólogos, pensiones etc., tu economía no da para más. Y sí, debes pagar dos pensiones, una para tu hijo y otra para ella, para que pueda seguir teniendo el mismo ritmo de vida que llevaba.

Tu vida se ha ido a la mierda

Siguen pasando los meses, y tu vida se convierte en una rutina en espera de lo que pasará. Tienes el amor propio por el suelo. Te has abandonado, ya no te arreglas y apenas sales. Tus amigos se olvidan de ti porque cada vez que hablas con ellos, el tema siempre es el mismo, y acabas aburriendo. Tu humor no está mucho mejor. Tu vida se ha arruinado…

Sigue pasando el tiempo, y por fin el juzgado de violencia de género, dicta una resolución. En el peor de los casos, te condenan como un maltratador, por aquellas palabras mal dichas en el peor momento. En el mejor de los casos, sales absuelto: un problema menos, pero el daño ya está hecho.

El final de la pesadilla – ¿o es el final de la esperanza?

Y llegan las medidas definitivas de divorcio, que te organizan la vida: la custodia para quién será (si has salido culpable del procedimiento penal, olvídate de la custodia compartida, y ni soñar con la exclusiva para ti; si has salido absuelto, a menos que hayas podido demostrar todo el complot que te ha hecho tu ahora ex, te podrán dar una compartida). El domicilio conyugal será otorgado a quien tenga el hijo, y en caso de compartida, a la parte más desfavorecida. O sea, como no te hayas casado con una mujer con un sueldo igual o superior al tuyo, ya puedes ir buscando piso definitivamente, y hasta nueva orden.

También se establecerá el régimen de visitas para que puedas ver a tu hijo. Una pensión de alimentos para el menor – incluso si tienes la suerte de que te den una custodia compartida, el desequilibrio económico entre los ex cónyuges será más que patente, por lo que también te tocará pasar pensión.

Y otra pensión para tu ex, por supuesto, una pensión compensatoria por un tiempo determinado. Si has tenido la fortuna de que no haya durado demasiado el matrimonio, el periodo de tiempo que durará dicha pensión será más corto de lo que te imaginabas.

La guinda que faltaba

También se disuelve el régimen económico del matrimonio. Y aquí, ¡¡¡ojo!!

En muchos países, el régimen económico del matrimonio, es el de gananciales, incluido España, con la excepción (entre otras) de Cataluña, en que existe la separación de bienes. Si no habéis hecho capitulaciones matrimoniales que digan lo contrario, estaréis en régimen de gananciales, y casi con total seguridad saldrás perdiendo, porque lo que se haya comprado durante la vigencia del matrimonio, se tendrá que liquidar por partes iguales, aunque todo haya salido de tu bolsillo.

¡Mira qué hiciste trámites para traer a tu ex pareja, a España, pero te saltaste el “pequeño detalle” de cuidar por tu futuro en caso de separación o divorcio!

Te quedas sin dinero, sin piso, sin hijos, sin nada… Y debes volver a empezar.

Una ex es para siempre

Pero no olvides que tu ex no desaparecerá, ni su familia (a quien al final conseguiste traer aquí). Por lo que si bien es cierto que el problema gordo se habrá medio desvanecido, no se habrá esfumado del todo.

Con el tiempo, si todavía tienes humor y ganas (y sobre todo dinero), te volverás a embarcar en un proceso judicial para modificar las medidas que se dictaron en su día. Y continuará la guerra. Tus hijos, crecerán, y te habrás perdido gran parte de sus vivencias, y siempre con el lastre de esa o esas denuncias sobre tus espaldas… Tu vida jamás será la misma.

¿Todavía quieres ser feliz?

Pero si eres fuerte e inteligente, intentarás volver a ser feliz. Eso sí, sin una relación estable que te acompañe, o con una relación basada en lo de “cada uno en su casa, cada uno con su dinero, cada uno con su vida, y nos vemos cuando podamos y queramos”. Tu “conquista de las Américas “, hace tiempo que se terminó… y has puesto fin a la historia…

Colorín, colorado, este cuento se ha acabado

Una historia, eso es lo que he narrado. Una historia que ha salido de la mezcla de los casos que he tenido durante más de 20 años. Los protagonistas, hombre español, mujer dominicana, vienen a colación de los posts publicados en esta web. Pero es aplicable a hombres, mujeres, y matrimonios entre españoles y extranjeros, entre españoles, y entre extranjeros…

Cada pareja es un mundo, y cada caso un universo. Pero por desgracia, la realidad siempre supera a la ficción.


Autora: Esther Fernàndez i Lucas
Abogada de familia
https://es.linkedin.com/in/esther-fernandez-lucas-43667942


Cómo casarte con una dominicana (5 de 5)

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parejas extranjeras interraciales amor caribeTrámites que los extranjeros deben hacer al llegar a España

¡Bien! Si ya estás leyendo este apartado es que por fin sois una pareja viviendo juntos felizmente en España (o algo así jajaja).

Ahora la persona que no es española, tendrá que seguir los siguientes pasos o de lo contrario podría acabar con «problemas gordos»:

(haz clic sobre la imagen para verla más grande)

Extranjeros en España
Trámites que los extranjeros deben hacer al llegar a España.

Cuando ya tienes el visado español y ya estáis en España

¿Cómo hacer el NIE en España?

Lo primero de todo, tu pareja dominicana tiene que sacarse el NIE (número de Identidad del Extranjero) ya que es obligatorio hacerlo para estancias superiores a los 3 meses a partir de la fecha de entrada.

El proceso es largo en el tiempo, y consta de dos partes: Primero hay que solicitar «autorización para obtener el NIE» (que es complicado y una pesadilla si no tienes ingresos demostrables claros), y segundo, cuando ya tienes la autorización, hay que ir a la comisaría de policía para que hagan la tarjeta física del NIE (qué es tan fácil como hacer un DNI).

Para quién no lo sepa, la tarjeta del NIE es como la tarjeta del DNI (una cédula que dicen los dominicanos) para personas «no españolas» y que si no lo tienen, pueden tener bastantes problemas, incluso que les detenga la policía si hacen un control aleatorio por la calle (cosa rara, pero recientemente le ha pasado a una conocida en una estación de trenes de Madrid).

http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/extranjeria/ciudadanos-de-la-union-europea/numero-de-identidad-de-extranjero-nie-

Sin este documento, no podrá tramitar casi nada, ni temas económicos, ni abrir una cuenta al banco ( si te dejan crearla, luego no te permitirán sacar el dinero como nos pasó a nosotros), y en algunas comunidades pondrán problemas para el acceso básico a la Seguridad Social.

Para solucionar este tema debes ir a la Delegación del Gobierno del sitio donde estáis viviendo, y en la sección de extranjería, y pedir cuales son los  requisitos necesarios para obtener el NIE. Según la web oficial http://www.exteriores.gob.es/Consulados/MEXICO/es/InformacionParaExtranjeros/Paginas/Reagrupaci%C3%B3n-familiar.aspx , de momento (2016) hay que acudir a la Oficina de Extranjeros o Comisaría de Policía de la provincia y entregar los siguientes documentos:

  1. Pasaporte válido y en vigor.  Si está caducado, copia de éste y de la solicitud renovación.
  2. Documentación acreditativa, en su caso debidamente traducida y apostillada o legalizada, de la existencia de vínculo familiar; de la validez del matrimonio; o certificación expedida (con una antelación máxima de 3 meses a la fecha de presentación de la solicitud) por el órgano encargado del registro de parejas correspondiente de la inscripción como pareja.
  3. Certificado de registro del ciudadano comunitario al que acompaña o con el que va a  reunirse, presentado junto al pasaporte o documento de identidad, en vigor, de éste. En caso de que el derecho derive de un ciudadano español, DNI de éste o autorización para verificar electrónicamente sus datos de identidad.
  4. En caso de descendientes de 21 años o mayor edad o ascendientes directos: acreditación por cualquier medio de prueba admitido en Derecho de que sus medios proceden, de forma exclusiva o con carácter principal y no prescindible, de su ascendiente o descendiente (ciudadano comunitario o cónyuge o pareja registrada de ciudadano comunitario).
  5. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carnet.
  6. Rellenar un formulario, os dejo aquí una copia del papel que hay que rellenar:
    1. Esta es la Solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en España (EX-17), en formato PDF.
    2. O si te lo piden o es necesario, esta es la «Solicitud de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE (EX-19) (Real Decreto 240/2007)«.

A nosotros (y a la mayoría de la gente) no les llega la resolución por correo como dicen ellos, es decir, que digan lo que te digan, NUNCA lo recibirás. Ves mirando periódicamente esta web https://sede.administracionespublicas.gob.es/infoext2/ donde aparece la información de la resolución del expediente en tiempo real.

Una vez se haya resuelto la «autorización para obtener el NIE» de manera favorable, ya podéis ir a la comisaría de policía más cercana, y el cónyuge extranjero se podrá hacer el NIE sin problemas. En según que ciudad, hay que coger cita previa por Internet y en algunas comisarías, te puedes saltar la espera y hacen el NIE en plan de urgencia, pero te toca esperar un montón de tiempo o a veces simplemente se niegan. Deberás tener un buen motivo para pedirlo de urgencia y que te salten a las tropocientas personas esperando delante tuyo.

¿Cómo puede un extranjero obtener nacionalidad española?

Si tu pareja proviene de América Latina , justo al cabo de un año de tener la tarjeta del NIE (si viene de otro lugar, son dos o tres años), ya puede empezar los trámites para hacerse ciudadana española, lo cual le permitirá viajar a otros lugares del mundo sin visados y le abrirá algunas puertas en España.

Nosotros estamos en ello, pero de momento aquí dejo el coñazo que deben aprenderse (Manual para la preparación de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España) para demostrar que serán «buenos españoles».

Y a pesar que todas estas tonterías no sirven para nada y que la inmensa mayoría de españoles suspenderían esta absurda «prueba de conocimientos» si les hiciesen esas preguntas. Pero en fin… es lo que hay.

¿Y como reagrupar a la familia dominicana que se ha quedado en el extranjero? ¿hijos, padres, etc?

Os dejo este documento en PDF con todos los requisitos para reagrupar familias para que puedan entrar y quedarse, en la Unión Europea: «reagrupacion-comunitario«.

Cosas a tener en cuenta

  • Sólo podrás viajar con tu pareja dominicana a dentro de la comunidad europea y a Japón. A los demás sitios te pedirán visados y una montaña de documentos.
  • Cuando tu pareja extranjera venga a España, debe tener TODOS sus títulos de estudios compulsados por La Haya, o no servirán de nada. También es buena idea tener una copia de su partida de nacimiento compulsada por la Haya (para que quede claro, TODOS los documentos que traigáis a España, no serán válidos sin la compulsa de la Haya). Estaría bien que dieses un vistazo a este documento sobre la convalidación de títulos en España de estudios realizados en el extranjero: «titulos-convalidaciones-homologaciones.pdf«.
  • Los extranjeros que vivan en Canarias o Baleares, no tienen derecho al descuento que les hacen por ser residentes en las islas.
  • La inmensa mayoría de los abogados (en mi caso, los cuatro a los que consulté) no tienen ni puñetera idea, no conocen nada de como va el mundillo de las embajadas especialmente la dominicana, y sólo te harán los papeles (cobrando) que tu mismo puedes hacer gratis.
  • Para los que no estén divorciados cuando han decidido dar el paso de casarse con una dominicana, que sepan que cuando se presenta el divorcio (en España) hasta que se firma la ratificación del divorcio, puede pasar uno o dos meses, luego hasta que el fiscal da su aprobación, se tarda de 15 días a dos meses, luego el juez tarda de 15 días a un mes en declarar válido el divorcio. Y cuando el juez haya emitido la sentencia, se tarda dos meses en que la sentencia se haga oficial (se llama «inscribir el divorcio» creo) y por fin puedas casarte.
  • Si habéis tenido un hijo en España, podéis declararlo en el consulado extranjero para adquirir doble nacionalidad. En nuestro caso, fuimos al consulado dominicano en España y rellenamos este formulario «0103 Declaracion_de_Nacimiento_bebes_nacidos_en_el_extranjero«. Si vuestro hijo ha nacido en República Dominicana, deberás inscribirlo en el consulado español de Santo Domingo con este formulario «Hoja declaratoria de datos para nacimientos«.
  • [Nota posterior, del año 2024] Si eres hombre español lleva mucho cuidado. Las leyes en España desde el año 2004 discriminan completamente al hombre en caso de divorcio y especialmente si tienes hijos con ella y la mujer insinúa maltratos de cualquier tipo, aunque sea todo falso. Con solo que diga que tu la has insultado, o la has «amenazado de muerte y te tiene miedo», sin absolutamente ninguna prueba más, tu directamente pasas una noche como mínimo en un asqueroso calabozo que huele a meados, porque la ley española dice que «la palabra de la mujer es una prueba de cargo». ¿lo entiendes? Lo que diga una mujer es una prueba y la ley dice que solo con esa «prueba» te pueden meter en la cárcel hasta 4 años! El hombre en España no tiene presunción de inocencia si le acusa una mujer, lo dice la ley española desde el año 2004. Eres culpable de «agresión machista» hasta que TU no demuestres lo contrario. Yo lo descubrí cuando ya era demasiado tarde. Si tu chica es muy vengativa, o tiene muy mal genio cuando se enfada, o es especialmente rencorosa contra las personas que «le han hecho daño» en el pasado, ¡huye de la relación! Las dominicanas y las rumanas son las que más denuncian a sus parejas en España, ya que a cambio de denunciar el Estado Español: les da pagas mensuales, préstamos para montar negocios a interés cero, becas, alojamiento gratis durante años con todo pagado el primer y hasta el segundo año, escuelas, comedor de los niños, extraescolares, todo gratis, y les dan la ciudadanía española automáticamente por ser «mujer maltratada» (aunque en tu sentencia judicial final diga expresamente que ella miente no importa, se lo dan automático), y a ella repito que le saldrá todo gratis, incluso los abogados que te denunciarán y arruinarán, asesores de todo tipo para hundirte del todo, psicólogos que le darán más herramientas para hacerse pasar mejor por víctima, y tu por un malvado, todo gratis pagado con tus impuestos. Y no te olvides sobre todo de todas las misándricas de los servicios sociales que durante años te sonreirán mucho y te dirán muy amablemente que todo va bien y quieren ayudarte, mientras tanto a tus espaldas se pondrán en tu contra, por muchas pruebas que presentes demostrando tu inocencia. Es más, contra más pruebas, más dirán que eres un maltratador contra ella, y si te preocupas y hablas «demasiado» de los niños harán un informe a los juzgados diciendo que eres un abusador s*x…al! os lo juro, tienen una plantilla en Excel en el ordenador, donde van rellenando casillas a medida que hablas con ellas y una casilla dice literalmente «¿El padre habla demasiado de los niños?» (de la madre no dicen nada) y si ellas marcan la casilla con un «sí», les salta una alerta con letras rojas diciendo que lo denuncien ya mismo por sospechas de abusos a menores! lo más fuerte es que si haces lo contrario, dirán que «hablas poco de los niños» porque «hablas de ellos como objetos» y por tanto, te acusarán de abuso s*x*al también! ¿lo entiendes?, hagas lo que hagas estarás perdido, es de locos. La única forma de evitar todo esto es no entrar jamás en contacto con los servicios sociales. Porque una vez entren en tu vida esas neuróticas amargadas, solo puedes hacer dos cosas, o que acaben contigo, tu dinero, tu familia y tu honor, o largarte a otra ciudad con tus hijos para que ellas no tengan competencia y no puedan hacerte nada, ni hacer nada. Que te quede bien claro, las mujeres de servicios sociales (siempre son 100% mujeres, con cara de solteronas amargadas) van todas del rollo «hermana yo si te creo (aunque las pruebas digan lo contrario, simplemente ignorarán todas las pruebas que presentes)», y mientras no se resuelvan los eternos juicios en los que te meterá tu futura ex (que cada juicio tarda actualmente entre seis meses y 4 AÑOS en resolverse, año 2024) si a tu ex no le da la gana que veas a los niños, NO LOS VERÁS, porque si estás acusado de cualquier delito (aunque todo sea falso) te quitan en menos de 24 horas la custodia de tus hijos!, ya que la ley española así lo dice «por la igualdad». Cada vez que ella te denuncie, pasarán meses o años hasta que haya una «resolución judicial» y mientras tanto, no verás a tus hijos, ni tendrás ningún contacto con ellos, y todo es muy legal, y a ella no le pasará absolutamente nada por torturarte psicológicamente a ti y a los hijos de estas maneras, Dirán que ella «protege a los niños de tu violencia» y TODO EL MUNDO mirará para otro lado. Repito, con cada denuncia, no verás a los niños durante meses (6, 7, 8…) y a veces durante años (hay padres que no han visto a sus hijos hasta que no han cumplido los 12 años y ellos pueden elegir con quién vivir), y sin ninguna consecuencia legal para ella porque es una mujer (si hicieras tu lo mismo a ella, a ti por ser hombre, te podría caer prisión de 2 a 4 años). Es todo tan demencial… yo no me lo creería si no fuera porque todo esto me ha pasado a mí. Lleva muchísimo cuidado con quién te traes a España, porque una vez ella pise el suelo español, si se le pasa el enamoramiento y se cabrea contigo, serás su marioneta, con solo chasquear los dedos cuando quiera podrá destrozarte tu vida y la de tus hijos, sobre todo la infancia de tus hijos que se quedarán sin padre durante muchos años. Y a cambio ella recibirá todo tipo de premios del Estado Español. Yo no digo que te pase a ti, y quizás hayas encontrado a tu media naranja, pero que sepas a lo que te expones. Actualmente después de tantos años y de tantas parejas «dominicana-español» que he conocido, ni una se ha salvado. Todos los hombres hemos acabado pasando por largos y costosos juicios en los juzgados. Yo no sé que pasa con las dominicanas, pero a mi ya me dan pánico. Cuando llegan a España en unos meses y a lo largo de uno o dos años, se transforman físicamente por fuera poniéndose cada vez más potingues de todo tipo, y por dentro se van transformando en el lado más oscuro de Mr. Hyde. Amigo, por tu bien, mide su nivel de maldad antes de traerla a España. Medítalo muy bien, te juegas tu futuro y el de tus hijos. Yo me siento por dentro como en esta canción, desdichado, arruinado, destrozado, y aún sin poder recuperar a mi hijo. Me he perdido su infancia de los 3 a 7 años, pronto ya serán hasta los 8. Qué pena más grande llevo por dentro. Por eso casi no escribo en esta web, ya no tengo ganas de nada.

Cómo casarte con una dominicana (4 de 5)

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parejas extranjeras interraciales amor caribeLa reagrupación familiar desde España

Según dicen en el  Ministerio de Asuntos Exteriores español http://www.exteriores.gob.es/Consulados/MEXICO/es/InformacionParaExtranjeros/Paginas/Reagrupaci%C3%B3n-familiar.aspxLos miembros de la familia de un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea (…) cuando le acompañen o se reúnan con él, podrán entrar, circular y residir en cualquier país de la Unión Europea.

Y se entiende como “familiares” a las siguientes personas:

  • Cónyuges, con Acta de inscripción de matrimonio y/o libro de familia en Registro Español o en Consulado de España.
  • Parejas de hecho inscritas en un registro publico.
  • Hijos menores de 21 años o dependientes del español, cónyuge o pareja inscrita  en registro Público no capaz de satisfacer las necesidades mínimas.
  • Ascendientes del español o de su cónyuge o pareja registrada, que demuestren su dependencia.

A quién le interese, esta es la » Ex-02, Solicitud de autorización de residencia temporal por reagrupación familiar, (LO 4/2000 y RD 557/2011)«, en formato PDF.

Os dejamos también una copia en PDF de los requisitos para acogerse a «Familia Extensa»: REQUISITOS FAMILIA EXTENSA con todas sus variantes.

 

amorLa reagrupación familiar desde República Dominicana

Una vez aprobado la inscripción del matrimonio, hay que empezar a tramitar el visado de reagrupación familiar para tu cónyuge y posibles hijos. A esto se le llama «reagrupación familia extensa». Cuando vayáis a buscar el libro de familia, es recomendable:

  • Pedir cuales son los requisitos para la solicitud de visado de reagrupación familiar (cónyuge de ciudadano comunitario), ya que cambia con el tiempo. Leerlo bien, si algo no se entiende, mejor preguntar.
  • Solicitar el Formulario de solicitud de visado que hay que rellenar. Os dejo esta copia del formulario de la «Solicitud visado para España» (en formato Microsoft Word). Nos han enviado este otro documento, ya nos diréis cual os parece mejor: «Solicitud de visado nacional Español«.
  • Pedir una cita para entregar la documentación, que generalmente la dan al cabo de dos meses.

Documentos necesarios en la «cita para entregar la documentación», aunque es mejor que te fíes del papel te entreguen cuando vayas a buscar el libro de familia, porque a veces cambian las condiciones sin previo aviso:

  • Libro de familia.
  • Formulario de solicitud de visado Schengen (lo proporcionan en la embajada) rellenado con todos los datos que piden.
  • Una fotografía para adherirla al formulario anterior (aunque a nosotros nos pidieron dos fotos).
  • Pasaporte original del/a dominicano/a con una vigencia mínima de 6 meses. Y fotocopia de las páginas donde aparecen los datos personales.
  • Cédula vigente del/a dominicano/a.
  • Certificado de empadronamiento del/a español/a, que podéis conseguir en vuestro ayuntamiento.
  • DNI del español/a, ó pasaporte, ó en su defecto, fotocopia compulsada del mismo por un notario (la compulsa de la policía nacional no sirve, tiene que ser por un notario). Junto con una fotocopia del documento que finalmente utilices.

(Te recomendamos que lleves una fotocopia de todo lo que presentes).

Una vez presentada esa documentación, el visado tarda unas 2 a 3 semanas, dependiendo del trabajo que tengan en la embajada. Cuando llamen para retirar el pasaporte con el visado, vuestra pareja ya puede viajar a España.

Darte de baja del consulado español

Si ya has acabado con todos los trámites y quieres de darte de baja del consulado español (porque ya vas a España) este es el formulario:  Solicitud de baja consular.

Cosas que no son verdad si uno de los cónyuges es ciudadano español

Esto lo aclaro porque nosotros vimos información contradictoria, así que os contamos nuestra propia experiencia:

  • Nadie irá a tu vivienda en España para que miren si está “en condiciones”.
  • Nadie te pedirá el certificado de Hacienda.

 

Y de momento esto es todo. Si quieres seguir leyendo, clica aquí para leer la quinta (y última) parte de este artículo.

Cómo casarte con una dominicana (3 de 5)

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parejas extranjeras interraciales amor caribeLa entrevista en el consulado español

La entrevista es necesaria ya que hay muchos matrimonios fraudulentos, muchos más de los que se piensa. Por desgracia esta gentuza son las que han conseguido que las personas que realmente nos amamos y nos casamos por amor, ahora pasemos un calvario. Pagan justos por pecadoras.

Pero si eres una auténtica pareja por amor, seguro que la pasarás. Dicen que tienen un listado pero no es del todo cierto, hay algunas preguntas que las hacen siempre y las demás las hacen en función de cada caso. Es decir, que las van improvisando sobre la marcha según lo que les contestéis. En total son unas 30 preguntas.

Te preguntan cosas sencillas que una pareja generalmente conoce, aquí tenéis por ejemplo, 65 preguntas que generalmente hacen a las parejas en las entrevistas de los consulados españoles:

  1. ¿En que trabaja tu pareja?
  2. ¿Cuanto gana?
  3. ¿Cuales son sus hobbies y aficiones?
  4. ¿Qué actividades hacen en común?
  5. ¿Qué gustos y aficiones tienen en común?
  6. ¿Dónde se conocieron?
  7. ¿Cuando se conocieron o cuándo iniciaron su relación?
  8. ¿Cómo se conocieron? ¿A través de que medio?
  9. ¿Cuanto tiempo llevan juntos? ¿Desde cuándo dura la relación?
  10. ¿Cuantos hermanos tiene tu pareja?
  11. ¿Dónde viven los hermanos de su cónyuge?
  12. Nombre/s de los hermanos de su cónyuge y de los suyos propios en caso de tenerlos.
  13. ¿Cómo se llaman sus padres?
  14. ¿Familiares directo del otro contrayente: hijos, padres..?
  15. ¿Mantiene relación con la familia?
  16. ¿Cual era su estado civil antes de contraer matrimonio?
  17. ¿Han estado casados Ud. y su cónyuge anteriormente?
  18. Fecha de nacimiento del cónyuge.
  19. ¿Las familias están al tanto de la relación?
  20. ¿Viven solos o comparten piso?
  21. Ultima película que han visto juntos.
  22. ¿Ha registrado el matrimonio en el consulado del país donde se casó?
  23. ¿Ha visitado Ud. a su pareja en su país?
  24. ¿Cuántas veces?
  25. ¿A qué se dedicaba su pareja en su país de origen? ¿Y en España?
  26. ¿Qué estudios tiene su pareja?
  27. Jornada laboral del otro contrayente
  28. ¿En que trabaja el otro contrayente?
  29. ¿En que ha trabajado?
  30. ¿En que le gustaría trabajar?
  31. ¿Tienen hijos en común?
  32. ¿Tienen hijos de otra pareja?
  33. ¿Cuantos hijos desearían tener?
  34. Cual es su nacionalidad?
  35. ¿Y la de su pareja?
  36. ¿Cual era su nacionalidad antes de casarse?
  37. ¿Sigue vigente el matrimonio que presenta inscribir?
  38. ¿Cómo piensan organizar la convivencia común? (MUY IMPORTANTE)
  39. Estudios realizados.
  40. Datos personales y familiares básicos (nombres de los padres, hermanos, donde viven, en que trabajan, etc).
  41. ¿Están casados los padres de su pareja?
  42. ¿hicieron ustedes boda?
  43. ¿Dónde celebraron la boda?
  44. ¿Hicieron banquete?
  45. ¿A cuántas personas invitaron a la boda?
  46. ¿Proyectan viaje de novios? ¿Dónde?
  47. ¿Hicieron luna de miel? ¿A dónde fueron?
  48. ¿Cómo es el pijama preferido de su cónyuge?
  49. ¿En qué lado de la cama duerme su cónyuge?
  50. ¿Quién de los dos se levanta antes, generalmente?
  51. ¿Quién hace la comida y/o la cena?
  52. ¿Qué comida detesta su cónyuge?
  53. ¿Cuántas veces a la semana salen a comer fuera?
  54. ¿Cuál fue la última película que vieron juntos?
  55. ¿De qué color son las cortinas de cada cuarto de la casa?.
  56. ¿Cuándo es el cumpleaños de su cónyuge?
  57. ¿Qué métodos anticonceptivos usan? (si contestáis «ninguno», mejor)
  58. ¿Cuándo tuvo su esposa su última menstruación?
  59. ¿Cuánto pagan de alquiler o de hipoteca?
  60. ¿Tienen televisión en el dormitorio?
  61. ¿Cuántas televisiones tienen en la vivienda y en qué habitaciones?
  62. ¿Tienen mascotas? ¿Cuáles son sus nombres? ¿Quién las pasea y quién las lleva al veterinario.
  63. ¿Con qué frecuencia visitáis a la familia política?
  64. ¿Cómo te llevas con tus suegros?
  65. ¿Les has hecho algún regalo? ¿Y ellos a ti?

¿Quieres más preguntas de ejemplo para la entrevista e ir más tranquilo? bájate este documento con unas 550 preguntas que hacen en la entrevista consulado o embajada española.

Puede ser que la entrevista la haga alguien simpático que te facilite las cosas o un gruñón que te haga sentir mal, simplemente mantén la calma que si tu amor es de verdad, la entrevista será un simple trámite. Si una pregunta no la sabes, contesta “No lo sé” ¡¡¡y no te inventes nada!!!. Es mejor decir que no lo sabes, que vuestras respuestas sean contradictorias y quedéis como unos mentirosos por culpa de los nervios.

Lo que buscan son cosas raras, como que no sepas cual es el apellido de tu pareja, o donde vive, o donde trabaja. Parece una tontería, pero  personalmente conocimos el caso de una «pareja rarita» que se presentó a la entrevista y por ejemplo, no sabían en que ciudad vivía el otro.

 

parejas extranjeras interraciales amor caribe¿Qué buscan realmente en la entrevista?

A pesar de las preguntas y respuestas, consejos y otras cosas que se puede encontrar por Internet, las personas que realizan las entrevistas siguen estas directrices a la hora de evaluar si una pareja está enamorada de verdad o es «otra cosa».

Primero de todo, evitar a toda costa los Matrimonios de Complacencia (o sea, de mentirosos que por interés económico o de otro tipo, simulan ser una pareja, y por su culpa, fastidian a los que si se quieren de verdad porque nos lo ponen mucho más difícil).

Oficialmente, podemos ver en http://www.abogadaextranjeria.es/matrimonio/matrimonios-de-complacencia/ cual es la orientación que les dan a los Jueces Encargados de los Registros Civiles Municipales, Central y Consulares de España:

  1. El desconocimiento por parte de uno o ambos contrayentes de los datos personales y/o familiares básicos del otro y
  2. La inexistencia de relaciones previas entre los contrayentes.

En cuanto a la valoración de ambos elementos se han de tomar en cuenta los siguientes criterios prácticos:

  • Debe considerarse y presumirse que existe auténtico consentimiento matrimonial cuando un contrayente conoce los datos personales y familiares básicos del otro contrayente (vid. Resoluciones de 2-2. noviembre 2002, 4-6. diciembre 2002, 27-3. octubre 2004, 19-3. octubre 2004, entre otras muchas). Si los contrayentes demuestran conocer suficientemente los datos básicos personales y familiares mutuos, debe presumirse, conforme al principio general de presunción de la buena fe, que el matrimonio no es simulado y debe autorizarse o inscribirse, según los casos.

Para acreditar la existencia de un conocimiento suficiente de los datos personales básicos mutuos de los contrayentes, deben tenerse presentes estas reglas:

  1. El Encargado dispone de un necesario margen de apreciación para ajustar las normas jurídicas a los caracteres, circunstancias y rasgos del caso concreto, ponderando necesariamente la equidad en la aplicación de las normas jurídicas (art. 3 n.º 2 Código Civil).
  2. No puede fijarse una lista cerrada de datos personales y familiares básicos cuyo conocimiento es exigido, pues ello puede depender de las circunstancias del caso concreto. Sí puede, sin embargo, proporcionarse una lista de aproximación con los datos básicos personales y familiares mutuos más frecuentes que los contrayentes deberían conocer el uno del otro, utilizando, entre otros, los elementos que proporciona la Resolución del Consejo de las Comunidades Europeas, de 4 diciembre 1997, sobre las medidas que deberán adoptarse en materia de lucha contra los matrimonios fraudulentos (DOCE C 382 de 16 de diciembre de 1997). Tales datos son: fecha y lugar de nacimiento, domicilio, profesión, aficiones relevantes, hábitos notorios, y nacionalidad del otro contrayente, anteriores matrimonios, número y datos básicos de identidad de los familiares más próximos de uno y otro (hijos no comunes, padres, hermanos), así como las circunstancias de hecho en que se conocieron los contrayentes. Sin embargo, como se ha dicho, estos datos pueden ser exigidos en ciertos casos pero no en otros. La equidad ha de ponderarse por la Autoridad española en la valoración del grado de conocimiento recíproco de los datos personales y familiares básicos de los contrayentes en cada supuesto concreto.
  3. El conocimiento de los datos básicos personales de un contrayente por el otro contrayente debe ser un conocimiento del núcleo conceptual de dichos datos, sin que sea preciso descender a los detalles más concretos posibles. Por ejemplo, un contrayente demostrará no conocer los datos básicos del otro contrayente si afirma que éste reside habitualmente en Madrid o en Barcelona, pero desconoce el nombre exacto de la calle o el piso en que se encuentra la vivienda. Se ha de exigir un conocimiento suficiente, no un conocimiento exhaustivo de tales datos.
  4. En su caso el desconocimiento de los datos personales y familiares básicos de un contrayente respecto del otro debe ser claro, evidente y flagrante. Por tanto, el desconocimiento de un solo, singular y aislado dato personal o familiar básico del otro contrayente no es relevante para inferir automáticamente la existencia de un matrimonio simulado. Debe, por tanto, llevarse a cabo una valoración de conjunto del conocimiento o desconocimiento de un contrayente respecto del otro.
  5. Existen otros datos personales del contrayente que son meramente accesorio o secundarios. Pues bien, el conocimiento o desconocimiento de tales datos personales accesorios no es relevante en sí mismo (vid. Resolución de 17-1. de febrero de 2003). Entre tales datos personales accesorios cabe citar: conocimiento personal de los familiares del otro contrayente (no de su existencia y datos básicos de identidad, como nombres o edades) y hechos de la vida pasada de ambos contrayentes. El conocimiento o desconocimiento de estos datos personales no básicos es sólo un elemento que puede ayudar a la Autoridad española a formarse una certeza moral sobre la simulación o autenticidad del matrimonio, especialmente en casos dudosos, pero debe subrayarse categóricamente que en ningún caso estos datos personales no básicos pueden ser determinantes por sí solos para inferir exclusivamente de los mismos la existencia o inexistencia de un matrimonio simulado.
  • Aún cuando los contrayentes puedan desconocer algunos datos personales y familiares básicos recíprocos, ello puede resultar insuficiente a fin de alcanzar la conclusión de la existencia de la simulación, si se prueba que los contrayentes han mantenido relaciones antes de la celebración del matrimonio, bien personales, o bien por carta, teléfono o Internet que por su duración e intensidad no permita excluir toda duda sobre la posible simulación (vid. Resoluciones de 6-3. noviembre 2002, 13-2. noviembre 2002, 23-2. noviembre 2002, 28-1. noviembre 2002, 21-3. diciembre 2002, 23 enero 2003, 3-3. febrero 2003, 26-4. febrero 2003, 3-2.ª marzo 2003, 29-1. abril 2003, 29-2. abril 2003, entre otras muchas).

Para acreditar la existencia de auténticas y verdaderas relaciones entre los contrayentes, deben tenerse presentes estas reglas:

  1. Las relaciones entre los contrayentes pueden referirse a relaciones habidas antes o después de la celebración del matrimonio. En este segundo caso, a fin de evitar los supuestos de preconstitución de la prueba, las relaciones deberán presentar un tracto ininterrumpido durante un cierto lapso de tiempo.
  2. Las relaciones entre los contrayentes pueden ser relaciones personales (visitas a España o al país extranjero del otro contrayente), o bien relaciones epistolares o telefónicas o por otro medio de comunicación, como Internet.
  3. El hecho probado de que los contrayentes conviven juntos en el momento presente o tienen un hijo común es un dato suficiente que acredita la existencia de relaciones personales.
  4. El hecho de que los contrayentes no hablen una lengua que ambos comprenden es un mero indicio de que las relaciones personales son especialmente difíciles, pero no imposibles. Por tanto, de ese mero dato no cabe inferir, por sí solo, que las relaciones personales no existen o no han existido. Será un dato más que el Encargado del Registro Civil español tendrá presente para valorar, junto con otros datos y hechos, la presencia o ausencia de relaciones personales entre ambos contrayentes.
  5. El hecho de que el historial de uno de los cónyuges revele matrimonios simulados anteriores es un poderoso indicio de que no existen auténticas relaciones personales entre los contrayentes, sino relaciones meramente figuradas.
  6. El hecho de que se haya entregado una cantidad monetaria para que se celebre el matrimonio, siempre que dicho dato quede indubitadamente probado, es, también, un poderoso indicio de que no existen relaciones personales entre los contrayentes, ni verdadera voluntad matrimonial. Quedan exceptuadas las cantidades entregadas en concepto de dote, en el caso de los nacionales de terceros países en los cuales la aportación de una dote sea práctica normal.
  • De forma complementaria a lo anterior, se ha de señalar que los datos o hechos relativos al matrimonio que no afectan al conocimiento personal mutuo de los contrayentes, ni a la existencia de relaciones previas entre los contrayentes, no son relevantes para inferir de los mismos, aisladamente, la existencia de un matrimonio simulado, sin perjuicio de que en concurrencia con las circunstancias antes enumeradas pueda coadyuvar a formar la convicción del Encargado en sentido positivo o negativo respecto de la existencia de verdadera voluntad matrimonial.Aunque tampoco puede proporcionarse una lista cerrada de hechos por sí solos no relevantes, sí pueden enumerarse los más frecuentes de entre ellos:
  1. El hecho de que el contrayente extranjero resida en España sin la documentación exigida por la legislación de extranjería. De este dato no se puede inferir, automáticamente, la intención simulatoria de los contrayentes en la celebración del matrimonio, como ya ha sido declarado en varias ocasiones por este Centro Directivo (vid. Resoluciones de 27-3. octubre 2004, 19-3. octubre 2004).
  2. El hecho de que los contrayentes no convivan juntos o nunca hayan convivido juntos cuando existan circunstancias que lo impidan, como la imposibilidad de viajar por razones legales o económicas.
  3. El hecho de que un contrayente no aporte bienes o recursos económicos al matrimonio, mientras que sea el otro contrayente el que aporte el cien por cien de tales recursos, pues en sí mismo, este dato nada dice de una posible intención simulatoria de los contrayentes o de la autenticidad del consentimiento matrimonial.
  4. El hecho de que los contrayentes se hayan conocido pocos meses o semanas antes del enlace tampoco dice nada, en sí mismo, sobre la intención simulatoria de los contrayentes. Es diferente el caso de que los cónyuges hayan contraído matrimonio sin haberse conocido de forma personal previamente, es decir, cuando se conocen el mismo día o pocos días antes de la fecha en la que contraen matrimonio.
  5. El hecho de que exista una diferencia significativa de edad entre los contrayentes tampoco dice nada por sí sólo acerca de la autenticidad y realidad del consentimiento matrimonial, por lo que es un dato que no puede utilizarse, de ningún modo, para inferir nada al respecto, salvo que concurra con otras circunstancias, ya enumeradas, de desconocimiento o falta de relación personal.

 

parejas extranjeras interraciales amor caribeMás información sobre la entrevista

Las entrevistas en España dicen que son más fáciles, así que no preocuparse demasiado por ese tema si la entrevista te la hacen en España. Las personas que se aman, hablan mucho y de todo, seguro que conocen casi todas las preguntas sin problemas.

Según la Instrucción de 9 de enero de 1995, en la que esta Dirección General de los Registros y del Notariado: http://www.abogadaextranjeria.es/matrimonio/matrimonios-de-complacencia/

Un interrogatorio bien encauzado que puede llegar a descubrir la intención fraudulenta de una o de las dos partes, de modo que dicho interrogatorio debe servir para que el Instructor se asegure del verdadero propósito de los comparecientes y de la existencia en ambos de verdadero consentimiento matrimonial. El instructor podrá preguntar, por ejemplo, sobre las intenciones de vida en común de los contrayentes, hijos que desearían tener, desde cuándo dura la relación, cómo piensan organizar la convivencia común, etc. Son datos que permiten revelar si los contrayentes desean formar una familia o, con otras palabras, asumir los derechos y deberes del matrimonio.”

Una vez pase la entrevista pasaréis una curiosa prueba, no os dirán nada durante un tiempo y os volveréis locos de ansiedad. Es posible que pasen 1… o 5, 6 o incluso 7 meses, depende del volumen de trabajo que tengan. Así que tranquilos, si tardan y no dicen nada, seguro que va bien. Y si no va bien, hay un plan B.

 

¿Qué hacer cuando la embajada o consulado, NO aprueba la inscripción de matrimonio?

No pueden denegarlo porque ellos sólo recomiendan si se debe hacer porque no ven problemas o recomiendan que lo decida un juez.

Si te lo “deniegan”, hay que poner una demanda o recurso judicial, denunciando que el consulado no te ha aprobado el matrimonio, y quieres que un juez lo investigue.

El juez lo investigará y se mirará con lupa todas las pruebas que le presentes, y si realmente estáis enamorados, es prácticamente seguro que el juez lo aprobará. El problema que tiene todo esto es que tardará mucho tiempo, porque hay que presentar el recurso, se lo tiene que mirar el fiscal, el juez debe dictaminar sentencia y luego debe llegar la orden al consulado.

Y de momento esto es todo. Si quieres seguir leyendo, clica aquí para leer la cuarta parte de este artículo.